Código de conducta para la regulación de controversias de protección de datos en las comunicaciones electrónicas


Manuel Castilleja Toscano     19/11/2024

Con fecha 17 de octubre de 2024, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) aprobó el “Código de Conducta para la Resolución de Controversias en materia de Protección de Datos en el Sector de las Comunicaciones Electrónicas”, promovido por los principales operadores de Telecomunicaciones, será plenamente aplicable el próximo 17 de diciembre.

Este nuevo Código de Conducta:

  • Actualiza el “Protocolo para la Resolución Privada de Controversias relativas a la Protección de Datos en el Ámbito de Contratación y Publicidad de Servicios de Comunicaciones Electrónicas”, firmado en el año 2018 por la AEPD, AUTOCONTROL y los principales operadores de Telecomunicaciones del mercado español, para adaptarlo a las necesidades establecidas por el RGPD.
  • Designa a AUTOCONTROL como tercero independiente encargado de su aplicación y de garantizar su correcta implementación. Entre sus funciones, AUTOCONTROL:
    • Se encargará de recepcionar las solicitudes de adhesión, publicar y actualizar el listado de adheridos.
    • Podrá recibir las reclamaciones presentadas ante la AEPD contra las entidades adheridas, para tramitarlas a través de un procedimiento de mediación en las materias cubiertas por el Código, como, por ejemplo, los casos de usurpación de identidad o de inscripción en ficheros de morosos. Este procedimiento tendrá una duración máxima de 27 días, y se informará a la Agencia del acuerdo que se alcance.
    • Podrá recibir directamente reclamaciones de los interesados, en cuyo caso, el plazo máximo para resolverlas será de 30 días.
  • Introduce, además, nuevos supuestos dentro de su ámbito de aplicación, permitiendo a los interesados resolver sus reclamaciones de manera ágil y gratuita, siendo las resoluciones adoptadas en este marco vinculantes para las entidades adheridas.
  • Se posiciona como un instrumento clave que ayudará a los departamentos de privacidad de las empresas adheridas, para facilitar el cumplimiento normativo y permitirá resolver las controversias de manera ágil y eficaz, tanto a los interesados como a las compañías adheridas, lo que se traducirá en un aumento en la confianza y mejora de la imagen del sector.

La AEPD ha acreditado al Jurado de la Publicidad de AUTOCONTROL como el organismo de supervisión del Código, conforme a lo previsto en el RGPD, que exige que todos los Códigos de Conducta cuenten con un órgano de supervisión independiente.

  • Puedes descargar aquí el Código de Conducta
  • Puedes descargar aquí la resolución de la aprobación de la AEPD
  • Puedes acceder aquí al registro de todos los códigos de conducta aprobados por la AEPD