GDPR 9. El Corresponsable del tratamiento


Josep Aragonés Salvat     03/09/2016

La nueva figura de Corresponsable del tratamiento


El nuevo Reglamento europeo, en el artículo 26, crea una nueva figura inexistente en la LOPD, los Corresponsables del tratamiento, para cuando se determinan conjuntamente entre varios Responsables los fines o los medios del tratamiento.

La definición que establece el GDPR para un Responsable del tratamiento es: “la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio u otro organismo que, solo o junto con otros, determine los fines y medios del tratamiento”. En el caso de determinar los fines y/o los medios “junto con otros” es cuando entra la figura del Corresponsable.

Los Corresponsables deberán formalizar un acuerdo entre sí para determinar sus respectivas responsabilidades con el objetivo de cumplir las obligaciones que les exige el Reglamento.

El acuerdo deberá reflejar, como mínimo, lo siguiente:

  • Las funciones de cada Corresponsable con respecto al tratamiento y a sus relaciones con los interesados.
  • Las responsabilidades de cada Corresponsable con respecto al Reglamento.
  • Los procedimientos y mecanismos para el ejercicio de los derechos de los interesados.


Los aspectos esenciales del acuerdo deberán estar a disposición de los interesados y éstos podrán ejercer sus derechos frente a, y en contra de, cada uno de los Corresponsables.

A tener en cuenta que los nombres y datos de contacto de los Corresponsables deben figurar en el Registro de las actividades de tratamiento y en las Consultas previas que un Responsable pueda dirigir a la autoridad de control.

Quién puede ser Corresponsable del tratamiento


Las organizaciones más proclives a ser Corresponsables son los grupos de empresas, donde generalmente la empresa que ejerce el control determina conjuntamente sus filiales los fines o los medios del tratamiento. Sociedades empresariales, Fundaciones dependientes de otras organizaciones, Empresas públicas dependientes de un Organismo público, etc.

Otras organizaciones consideradas Corresponsables serían los Encargados de tratamiento que participan de las instrucciones del Responsables, ya sea determinando los fines o los medios del tratamiento por su cuenta. Por ejemplo, los graduados sociales que lleven toda la gestión laboral de sus clientes.

En definitiva, se tendrá que analizar en qué medida un Encargado de tratamiento determina conjuntamente con el Responsable los fines o los medios del tratamiento para seguir considerándolos Encargados, como hasta ahora, o Corresponsables del tratamiento.

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